>>> La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente detectó daños a especies protegidas, incumplimiento de autorizaciones ambientales y afectaciones al ecosistema de dunas costeras durante la construcción del complejo turístico “Las Dunas”. La autoridad advirtió que las irregularidades podrían configurar incluso un delito contra la biodiversidad.
Alejandro Ruvalcaba.
PROGRESO, YUCATÁN, 02/08/2026. —Mientras las dunas costeras tardan décadas, e incluso siglos, en formarse, bastan unas cuantas máquinas y días de desmonte para alterar un ecosistema cuya recuperación, en muchos casos, resulta imposible.
Eso es precisamente lo que documentó la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) durante las inspecciones realizadas al proyecto “Construcción y Operación de Complejo Turístico Las Dunas”, en Chuburná Puerto, municipio de Progreso, donde la autoridad federal encontró afectaciones a especies protegidas, incumplimiento de condicionantes ambientales y daños que calificó como irreversibles para una parte del ecosistema costero.

Como resultado de las irregularidades detectadas, la dependencia ordenó la clausura temporal total de las obras e inició un procedimiento administrativo contra los responsables del desarrollo inmobiliario.
Las inspecciones se realizaron los días 28 y 29 de julio, en materia de impacto ambiental, y el 30 de julio en materia forestal.
Durante los recorridos, los inspectores comprobaron que el proyecto apenas se encontraba en su etapa inicial; sin embargo, ya se habían realizado trabajos de desmonte, despalme y movimiento de arena para construir plataformas.
La autoridad constató la remoción total de vegetación en una superficie de 1.3 hectáreas, equivalentes a 13 mil metros cuadrados, lo que representa 30.8 por ciento de la superficie autorizada para el cambio de uso de suelo.
Lo más preocupante fue lo que apareció entre la vegetación ya destruida.
Los inspectores localizaron ejemplares de algodón (Gossypium hirsutum), especie sujeta a protección especial, así como biznaga pol tsakam o cabeza de gato (Mammillaria gaumeri), catalogada en peligro de extinción.
También documentaron la presencia de iguana rayada (Ctenosaura similis), matraca yucateca (Campylorhynchus yucatanicus) y colibrí tijereta (Doricha eliza), todas especies protegidas por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT.

Pese a ello, la Profepa detectó que las dos especies de flora protegida ni siquiera fueron reportadas en la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y tampoco fueron incluidas dentro del Programa de Rescate de Flora que debía ejecutarse antes del avance de las obras.
La inspección reveló además un panorama que evidencia la fragilidad con la que fue tratado el ecosistema.
Bromelias, orquídeas, agaves y diversas cactáceas fueron encontradas fuera de su entorno natural, desprendidas del suelo y en proceso de marchitamiento, sin haber sido rescatadas ni trasladadas a las áreas de conservación previstas por el propio proyecto.
La autoridad ambiental informó que las especies protegidas fueron localizadas en aproximadamente 0.65 hectáreas, es decir, 6 mil 500 metros cuadrados, prácticamente la mitad del área ya desmontada.
La consecuencia, según el dictamen de la propia Profepa, es contundente.
Estos hechos “implican un daño irreversible directo a la estabilidad del ecosistema y representan una pérdida de la biodiversidad”.
No se trata únicamente de retirar vegetación.
Las dunas costeras funcionan como barreras naturales frente a huracanes, reducen la erosión provocada por el oleaje, estabilizan la línea de costa y sirven como refugio para numerosas especies de flora y fauna que sólo pueden desarrollarse bajo las condiciones que ofrece este ecosistema.
Cuando una duna desaparece, no sólo se pierde arena.
Se rompe un equilibrio ecológico construido durante décadas y cuya restauración, cuando es posible, requiere tiempos que rebasan por mucho la duración de cualquier proyecto inmobiliario.
La Profepa concluyó que existen elementos para presumir infracciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, debido al incumplimiento de las condicionantes establecidas en la autorización de cambio de uso de suelo y por provocar deterioro al ecosistema forestal característico de las dunas costeras, donde predominan matorrales y especies de manglar.
Por ello ordenó la clausura temporal total de las obras, además del inicio del procedimiento administrativo correspondiente.
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Sin embargo, el caso podría no terminar únicamente con sanciones administrativas.
La propia dependencia advirtió que las omisiones detectadas en la Manifestación de Impacto Ambiental, así como el daño ocasionado a especies de flora y fauna protegidas por la legislación mexicana, podrían trascender al ámbito penal.
En ese sentido, informó que analizará si los hechos pueden configurar un delito contra la biodiversidad, previsto en el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal.
La autoridad también evaluará las implicaciones derivadas de la posible omisión de datos sustanciales dentro de la Manifestación de Impacto Ambiental presentada para obtener las autorizaciones del proyecto.
El caso de Chuburná Puerto vuelve a colocar sobre la mesa una discusión que en Yucatán se ha repetido durante los últimos años: el crecimiento inmobiliario sobre zonas ambientalmente frágiles.

Cada nuevo desarrollo promete inversión, empleos y crecimiento urbano. Sin embargo, cuando ese crecimiento avanza sobre ecosistemas únicos, el costo ambiental suele recaer sobre un patrimonio natural que pertenece a toda la sociedad y cuya pérdida difícilmente puede compensarse.
En esta ocasión, la propia autoridad federal sostiene que el daño provocado en parte del ecosistema es irreversible.
La clausura impuesta por la Profepa representa un freno temporal a las obras, pero también deja una pregunta que rebasa este proyecto en particular: si el desarrollo continúa avanzando sobre dunas, manglares y vegetación costera protegida, ¿cuánto territorio natural estará dispuesto a perder Yucatán antes de reconocer que algunos ecosistemas simplemente no pueden volver a construirse?